HOMOLOGACIONES Y SEGURIDAD
2006 /42/ CE
Máquinas Nuevas
De acuerdo con lo estipulado en la legislación vigente establecida en la Directiva 2006/42/CE toda máquina, equipo o instalación industrial que se ponga en el mercado de la Unión Europea debe disponer del Marcado CE.
La declaración CE de conformidad es el procedimiento de certificación por el cual el fabricante declara que las maquinas comercializadas satisfacen todos los requisitos esenciales de seguridad y salud correspondientes, y la elaboración de diversos documentos como el expediente técnico y el manual de instrucciones.
Reconversión de máquinas
En ciertos casos se plantea la modificación de maquinas debido a un cambio en la necesidades de producción o bien por una necesidad de mejoras del diseño inicial. Esta modificación implica la mayoría de las veces una reconsideración de las medidas de seguridad implantadas en la maquinas. Este caso implica la obligatoriedad de aplicar los requisitos exigidos en la Directiva 2006/42/CE y en las normas vigentes.

Adecuación de máquinas RD 1215/97
En base a lo dispuesto en el R.D. 1215/97, todas las empresas deben de llevar a cabo un proceso de adaptación de su maquinaria a las disposiciones establecidas en los anexos I y II del citado Real Decreto.
Además, los equipos de trabajo que no cuentan con marcado CE, deben ser examinados para comprobar que cumplen con todos y cada uno de los requisitos indicados en el R.D. 1215/1997. Cualquier anomalía detectada en ellos supone una disconformidad con la norma y precisa ser subsanada mediante la implantación de medidas correctas.